Condiciones Generales Para Subasta en Pagina Web

Joyas Tucumán 830 S.L. es un centro de contratación cuyo objeto viene constituido por la venta, previa subasta voluntaria a través de una página Web (www.alhajasantiguas.com), de los bienes, objetos artísticos o de similar naturaleza que le son encomendados a este fin, actuando como mediadora entre el propietario / vendedor y los posibles compradores.

Relación con el vendedor

Relación con el comprador

Relación con el vendedor

 

a) El depositante / vendedor garantiza a Joyas Tucumán 830 S.L. y al comprador, su condición de propietario de los bienes depositados o que depositará, así como que tiene el pleno dominio sobre ellos, o que está válidamente autorizado por su propietario para disponer de los mismos, pudiendo transferir el título de éstos, estando además libres de cargas y gravámenes, y que no existen reclamaciones de las autoridades sobre los mismos. El vendedor indemnizará a Joyas Tucumán 830 S.L. y al comprador por cualquier daño o perjuicio sufrido por su incumplimiento de lo anteriormente señalado y, con carácter general, de cualquiera de las obligaciones que asume recogidas en estas Condiciones Generales.

b)
Previo estudio de expertizaje y valoración, y de acuerdo con el propietario, se fijará un precio de salida a los objetos presentados, que se hará constar en el albarán de cesión de objetos para subastar; esa cifra no tiene porqué guardar relación con el valor de la pieza, siendo generalmente muy inferior. Asimismo se establecerá de mutuo acuerdo el corretaje o porcentaje que obtendrá Joyas Tucumán 830 S.L. por la venta de esos objetos del 20% I.V.A incluido.

c) Respecto a cualquiera de los lotes, integrados por los bienes depositados, el depositante / vendedor tendrá derecho a establecer en coordinación con Joyas Tucumán 830 S.L., antes de la subasta, una reserva referente al precio mínimo de adjudicación por el que puede considerarse como vendido el bien o lote, no pudiendo ser modificada una vez establecida, salvo previo acuerdo con Joyas Tucumán 830 S.L.. Joyas Tucumán 830 S.L.. Asimismo, Joyas Tucumán 830 S.L. podrá adjudicar cualquier lote a un precio inferior al de reserva pero, en ese caso, el importe de la venta a percibir por el vendedor deberá ser igual al obtenido si el lote en cuestión se hubiera adjudicado en la reserva.

d) Joyas Tucumán 830 S.L. puede efectuar anticipos económicos. La cantidad anticipada se deducirá de la liquidación posterior a la venta en subasta. Si la subasta de los lotes afectados por ese anticipo resultara desierta o no alcanzara el importe adelantado, el depositante-vendedor dispondrá de los plazos establecidos en el apartado 2 h) de estas Condiciones Generales para retirar las piezas y reintegrar a Joyas Tucumán 830 S.L. el importe adelantado. Si transcurrido un mes de la celebración de la subasta el depositante-vendedor no hubiera retirado las piezas ni reintegrado el importe adelantado, la titularidad y consiguiente propiedad de esas piezas, entendiéndose perfeccionado el contrato de compra-venta, pasarían a Joyas Tucumán 830 S.L. sin necesidad de advertencia previa por su parte.

e) El depositante-vendedor autoriza a Joyas Tucumán 830 S.L. para, en su nombre, convenir condiciones especiales con el comprador para el pago del importe de la adjudicación, retirar, almacenar y asegurar el lote vendido, así como para resolver las reclamaciones efectuadas por o contra el comprador, en las condiciones que Joyas Tucumán 830 S.L. considere más convenientes, adoptar las medidas necesarias para cobrar cantidades al comprador.

f) El depositante-vendedor concede a Joyas Tucumán 830 S.L. el derecho a fotografiar y reproducir cualquier bien cuya venta le sea encomendada, en cualquier soporte o momento, relacionado o no con la subasta. En el caso de que esa reproducción conllevase el abono de derechos de propiedad intelectual, el importe de esos derechos sería deducido de la liquidación al depositante-vendedor. A estos importes se les añadirá el IVA. correspondiente. Los gastos de fotografía y reproducción en la página ascenderán a € .20...... .

g) Joyas Tucumán 830 S.L. repercutirá al vendedor el Impuesto sobre el Valor Añadido sobre los derechos o corretaje por su mediación en la venta, los gastos de reproducción en catálogos y los de expertización de los bienes, transporte, seguros, etc., al tipo que se encuentre vigente en el momento de la subasta, facilitándole el vendedor su nombre o razón social, domicilio y N.I.F. o C.I.F., a los efectos del documento factura, en el que el citado impuesto no figurará de forma desglosada, sino con la mención (IVA incluido).

h) El depositante-vendedor deberá abonar, antes de retirar sus lotes no vendidos, la cantidad de € 20..... a Joyas Tucumán S.L. por lote subastado y no vendido, en concepto de gastos de catalogación.

i) El depositante-vendedor no podrá retirar unilateralmente ninguna de las piezas de su propiedad cedidas a Joyas Tucumán 830 S.L. y que estén en proceso de catalogación o que consten en el catálogo de la subasta. Los lotes no vendidos permanecerán expuestos durante una semana después de la fecha de cierre de la subasta, período de venta directa al precio de salida, salvo indicación expresa del propietario.

j) La liquidación al vendedor de los lotes adjudicados en subasta se efectuará a partir del 25° -vigésimo quinto- día contado desde la fecha de cierre de la subasta, siempre que el importe de adjudicación de esos lotes haya sido satisfecho previamente por el comprador. No obstante, Joyas Tucumán 830 S.L. hará todo lo posible para liquidar inmediatamente al vendedor los lotes adjudicados y cobrados. El vendedor podrá optar por cobrar la liquidación de sus lotes vendidos en forma conjunta (una vez cobrados por Joyas Tucumán 830 S.L. todos los lotes vendidos) o separada (a medida que se vayan cobrando), modalidad que quedará reseñada en el albarán de cesión. Joyas Tucumán 830 S.L. deducirá del precio de adjudicación los corretajes, servicios adicionales, impuestos y derechos de propiedad intelectual si los hubiese, así como los anticipos económicos, si los hubiese.

k) En caso de reclamación por parte del comprador, el cual solicite la rescisión de una venta por tratarse de una falsificación deliberada, y si Joyas Tucumán 830 S.L. opina que la reclamación es justificada, el vendedor autoriza a ésta para que rescinda la venta y devuelva al comprador la cantidad que éste haya pagado en concepto de compra del lote en cuestión. El depositante-vendedor devolverá a Joyas Tucumán 830 S.L. cualquier cantidad percibida de ésta por la transacción del lote. Cuando la liquidación completa de la venta rescindida junto con los gastos ocasionados por la rescisión hayan sido devueltos a Joyas Tucumán 830 S.L., ésta devolverá al depositante-vendedor el lote en cuestión.

 

 

 

Relación con el comprador

 

a) Será comprador el mejor postor, el cual adquirirá el objeto subastado al precio de adjudicación que se señale en el momento de cierre de la subasta; I.V.A incluido.. Los encargos de ofertas realizadas por teléfono o las solicitudes para ofertar por teléfono se aceptarán solamente bajo responsabilidad del solicitante y deberán ser confirmadas antes del cierre de la subasta. Ni Joyas Tucumán 830 S.L. ni sus empleados o agentes serán responsables por negligencia o defecto alguno en la ejecución de las ofertas encomendadas o por dejar de ejecutarlas, o por cualquier fallo en las telecomunicaciones utilizadas para ello.

b) Joyas Tucumán 830 S.L. repercutirá al comprador el Impuesto sobre el Valor Añadido sobre los derechos o corretaje por su mediación en la compra, además de los gastos de transporte, seguros, etc., al tipo que se encuentre vigente en el momento de cierra de la subasta, dentro del Régimen Especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. En todos los casos Joyas Tucumán 830 S.L. emitirá las facturas, sea cual fuere el comprador, con la expresión (IVA incluido), sin desglose del mismo.

c) Una vez transcurrida la hora de cierre de la subasta, Joyas Tucumán 830 S.L. se pondrá en contacto con el adjudicatario de los lotes dentro de las 72 horas a la dirección de correo electrónico aportada por el mismo, donde se convendrá la forma de pago de los lotes adjudicados y la forma de entrega de los mismos.

d) Los lotes adjudicados por el comprador están a su disposición durante diez (10) días, durante los cuales podrá retirarlos por cuenta propia. Los importes a facturar a los compradores no incluyen el transporte , embalajes especiales para el mismo ni seguros adicionales. A petición del comprador, estos servicios se realizarán y se facturarán independientemente de la factura de compra.

e) Cuando los importes pendientes no hubieran sido satisfechos por el comprador en los 15 días siguientes al momento de cierre de la subasta, Joyas Tucumán 830 S.L. realizará todas las gestiones a su alcance para conseguir el pago e informará ese hecho al vendedor.